Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: Recurso de queja. Desestimación. Resolución de juzgado no recurrible en casación.
Resumen: Falta de legitimación activa del Grupo Parlamentario de Vox para impugnar el Decreto 22/2021, de 12 de marzo, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen medidas temporales para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. Inadmisión del recurso.
Resumen: RECURSO DE QUEJA. Inadmisión del recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra sentencia dictada en un juicio ordinario tramitado por razón de la cuantía, inferior a 600.000 euros, por presentarse fuera de plazo. Recurso extemporáneo. RDL 16/2020, de 28 de abril de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia. Se desestima la queja.
Resumen: Se cuestiona si resulta ajustada a derecho la pretensión formulada por el FOGASA en reclamación por revisión de prestaciones indebidas formulada al amparo de lo previsto en el art. 146 LRJS, cuando dichas prestaciones han sido reconocidas al trabajador por sentencia firme que estimó su pertinencia, en virtud del efecto del silencio positivo, al no haber resuelto el citado organismo en el plazo de tres meses la petición de prestaciones que le formuló el trabajador, derivadas de una conciliación administrativa celebrada ante el SMAC. La Sala IV desestima la demanda. Sostiene que no cabe apreciar el efecto negativo o excluyente de la cosa juzgada, ex art 222.1 LEC. Resuelve en aplicación del efecto positivo de la cosa juzgada, ex art 224.4 LEC, al considerar que lo resuelto en el primer proceso, en el que se discute sobre la validez del acto administrativo presunto que se produjo porque el organismo dejó transcurrir el plazo previsto normativamente para dar contestación a la petición formulada por un trabajador, aparece "como antecedente lógico" de lo que es objeto del pleito actual, siendo los mismos los litigantes. Lo que pretende el FOGASA no es realmente revisar en perjuicio del beneficiario un acto administrativo declarativo de derechos al amparo del art 146 LRJS, sino dejar sin efecto una sentencia firme. Lo contrario supondría vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva y seguridad jurídica, en su manifestación del derecho a la ejecución de las resoluciones firmes.
Resumen: Deducibilidad de los intereses de demora en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.
Resumen: Desestimación del recurso de casación, fijándose como jurisprudencia que el transcurso de los plazos estipulados en el artículo 27.4 de la Ley General de Comunicación Audiovisual, tras la aprobación de un plan técnico nacional de un servicio de radio o televisión, sin que la Administración haya solicitado la afectación al servicio público de radio o televisión de que se trate de la reserva de dominio prevista en el citado plan o se haya convocado concurso para el otorgamiento de licencias, y sin que ningún interesado hayas solicitado dicha convocatoria, provocará el decaimiento de la reserva y su correspondiente afectación al servicio público de radio o televisión. La aplicación en el caso de autos del párrafo 2 del artículo 27.4 LGCA no constituye un supuesto de retroactividad auténtica prohibida. Normas de desarrollo o modificaciones parciales no equivalen a la aprobación de un nuevo Plan Técnico Nacional.